Micelio
Auto12 de febrero de 2025

A- de 2025

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Comfenalco Valle Del Cauca·Demandado Ministerio De Salud Y Proteccion Social Y Otros

Tema · dato duro
Configuración De La Cosa Juzgada-Corte Constitucional Decide Estarse A Lo Resuelto Por La Sala Jurisdiccional Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 021 Laboral del Circuito de Cali y el Juzgado 006 Administrativo Oral del mismo circuito, suscitado por una acción de reparación directa presentada por Comfenalco Valle, en contra de: la Nación-Ministerio de Salud y Protección Social; la Unión Temporal Nuevo Fosyga; el Consorcio SAYP 2011, con la cual se solicita, entre otras pretensiones, declararlas administrativamente responsables por los daños y perjuicios antijurídicos sufridos a raíz del incumplimiento en los pagos por concepto de recobros solicitados por cada uno de los servicios de salud prestados, no incluidos en el POS, hoy PBS.

Cumplidos los presupuestos de configuración del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que existió una decisión del 24 de abril de 2019, proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura que dirimió el conflicto suscitado entre la jurisdicción ordinaria, especialidad laboral, representada por el Juzgado 006 Laboral del Circuito de Cali, y la jurisdicción de lo contencioso administrativa, representada por el Juzgado 006 Administrativo Oral del mismo circuito, con la que puso fin al conflicto igual al que se presenta en este caso.

En conclusión, el conflicto interjurisdiccional actual se suscita entre jurisdicciones iguales al conflicto anterior; con razones iguales, y sobre un proceso igual.

Por lo tanto, se acredita la triple identidad que configura el fenómeno de la cosa juzgada y la Corte Constitucional debe en consecuencia, estarse a lo resuelto por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura el 24 de abril mediante radicado 11001010200020180189800.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. ESTARSE A LO RESUELTO por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, en el auto del 24 de abril de 2019, dentro del radicado 11001010200020180189800.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6126 al Juzgado 021 Laboral del Circuito de Cali para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Juzgado 006 Administrativo Oral del mismo circuito y a los demás interesados en este trámite.
  3. TERCERO. PREVENIR al Juzgado 021 Laboral del Circuito de Cali para que, en lo sucesivo, se abstenga de plantear conflictos de competencia entre jurisdicciones por asuntos resueltos por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, y dé aplicación a la jurisprudencia de la Corte Constitucional.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.